jueves, 3 de octubre de 2013

La Reforma de la Universidad: mercantilización, privatización y gobierno vertical

La privatización-mercantilización de la universidad aparece vinculada al contexto de crisis actual. Sin embargo, se enmarca en un proceso de liberalización de mercados más amplio y anterior a la actual crisis. Tras el “milagro económico” de la posguerra (insostenible a largo plazo en una economía capitalista), la caída de la tasa de ganancia desencadena la crisis de los setenta. Una de las “soluciones” para restablecer dicha tasa es el proceso de liberalización de mercados, materializado en las políticas de ajuste del FMI y en la creación de la OMC. Así, junto al mercado de bienes (GATT), se liberaliza también el de servicios (AGCS) y el de ideas y creaciones (ADPIC). En España, el gobierno que firma estos acuerdos es el del PSOE (presidido por Felipe González) en 1995, permitiendo así, en lo sucesivo, las privatizaciones de todos los servicios públicos (sanidad, educación, transporte, suministro de agua, energía…). Precisamente esos acuerdos (GATT, AGCS y ADPIC) -asumidos en Europa a través de "Estrategia de Lisboa"- son los que están en la base de la creación del “Espacio Europeo de Educación Superior” (EEES), que se abre con la firma de la Declaración de Bolonia (1999) por los ministros de educación de ciertos países de la UE. Es el comienzo de la Reforma Universitaria. En España, será el gobierno del PP (presidido por José María Aznar) el que la concrete a través de la ejecución de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades. Es la primera fase de la reforma, conocida como “Plan Bolonia”. Ello era posible sólo gracias a la firma del AGCS y el ADPIC, realizados por el gobierno anterior del PSOE. Pero en la oposición, el PSOE se convirtió en estandarte de los servicios públicos y contrario a la LOU. Esta actitud vuelve a cambiar cuando retorna al poder bajo la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero. El PSOE continuará la reforma universitaria y aplicará efectivamente la LOU; con la complicidad, entre otros, de CCOO y UGT. Pero la reforma no se agota en el conocido “Plan Bolonia”, sino que continúa a través de la “Estrategia Universidad 2015” (EU2015). Así, pueden reconocerse dos fases claramente diferenciadas en la implantación del EEES: 1)El Plan Bolonia: reestructuración de las carreras en Grados y Másteres; y énfasis en las “competencias” en lugar de en los contenidos teóricos. 2)EU2015: creación del Espacio Europeo de Investigación, reestructuración de la financiación y del gobierno de las universidades.



La Reforma Universitaria en España se puede rastrear a través de diversos textos, desde el Plan Bolonia (ya implantado), hasta la Estrategia Universidad 2015 (implantándose), en la que nos centramos aquí. Estas reformas, que las autoridades académicas y políticas justifican a través de la “movilidad” estudiantil, la “competitividad” de las universidades y el “progreso económico”, se tienen que explicar en primer lugar a partir de la rentabilidad/ganancia del capital. El modo de producción capitalista exige la continua búsqueda de ganancia del capital. Además, la ley del descenso tendencial de la tasa de ganancia (la tasa de ganancia tiende a caer por la mecanización) es un añadido a la exigencia de “abrir mercados” o, más estrictamente, de buscar nuevas fuentes de ganancia. Dada esta lógica estructural, era de esperar que tarde o temprano el capital encontrara una fuente de ganancia en la Universidad. ¿De dónde procede esta ganancia en la Universidad? Simplificando, podemos resumirlo en dos fuentes:

1.Los resultados de las investigaciones (tanto de profesorado como de doctorandos). Un aspecto crucial de la reforma es que favorece la financiación de investigaciones por empresas privadas (incluso se propone la creación de “cátedras-empresa”). Cuando los capitales financieros o el capital de una empresa privada financian una investigación, se benefician directamente de los resultados de la investigación. Y ello es posible porque en la sociedad capitalista financiar una investigación es en cierto modo una propiedad. Así, igual que en la fábrica el capitalista tiene la propiedad sobre el proceso de trabajo y por ello obtiene ganancia (porque posee el trabajo y no porque el capital se “revalorice” mágicamente por sí mismo), en una investigación el capitalista tendría la “propiedad” sobre el proceso de investigador y por ello se beneficia de sus resultados.

2.Una forma particular de apropiarse de los resultados de investigación son las patentes. No toda investigación resulta en patentes. Es difícil que así sea en disciplinas de ciencias sociales. Por el contrario, las disciplinas relacionadas con la innovación tecnológica generan patentes con mayor facilidad (esto constituye uno de los motivos por los cuales las ciencias sociales y las humanidades son menos rentables para el capital). Si un capital financia investigaciones que resultan en patentes, estas serán del capital que “posee”/financia la investigación. Y sabemos lo que significa una patente: una forma de monopolio sobre un conocimiento, técnica…, más fuente de ganancia. (Las propuestas de la Comisión de Expertos entregadas al ministro Wert hacen mucho énfasis en la cuestión de las patentes). 

Ambos aspectos configurarían la mercantilización de la universidad. Mercantilización y (todavía) no privatización, porque la Universidad empieza a servir directamente a las necesidades de ganancia del capital y, por tanto, se supedita a los cambios del mercado. Aunque los capitales financian (y en este sentido poseen) las investigaciones, todavía no son propietarios de la Universidad ni de su gestión. ¿O sí…?

Lo cierto es que no… Sin embargo, hay un elemento de la reforma que es fundamental en este sentido y que, de aplicarse, configurará en cierto modo una privatización. Me refiero a la Gobernanza. El documento de Gobernanza de la EU2015 (elaborado por la CRUE y por la Fundación Conocimiento y Desarrollo, dirigida por Ana Patricia Botín) establece las “tendencias” en la gestión y estructura de gobierno de las universidades europeas y estadounidenses. Estas “tendencias” son las que el documento propone para su aplicación a España. El cambio más sustancial y que es el que nos atañe es la aparición de un organismo, la Junta de Gobierno, que sería la que elabore el “plan estratégico de la universidad” (es decir: en qué se va a invertir, si va a ser una universidad sólo de docencia o también de “investigación e innovación”…. Por cierto que esto tendrá como consecuencia más que probable la creación de universidades “de primera” y universidades “de segunda”). Esta Junta de Gobierno  designa y destituye al rector (¡ya no hay elecciones “democráticas”!, las cuales el documento considera un obstáculo para la “eficiencia” y “agilidad” de la gestión). El rector, a su vez, designa a los directores de los centros y departamentos. Esta verticalidad está orientada a conseguir que las personas con cargos (directores de los centros) sean personas “de confianza” y simpatizantes con el plan estratégico (en definitiva, eliminar “resistencias” en la aplicación del plan estratégico, y el documento lo reconoce explícitamente y sin tapujos). ¿Quién formaría esta Junta de Gobierno? Miembros externos a la universidad. El terreno está abonado para la gestión privada de la universidad...

Referencias:






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